Por Sin Reservas
La Alcaldía del Distrito Nacional y la Junta de Vecinos Los Cacicazgos han unificado esfuerzos para proceder legalmente contra la institución educativa Babys First School, quienes han instalado un centro educativo en un inmueble que no cuenta con los permisos para operar de manera comercial, sino que de acuerdo a la normativa establecida en el mismo solo es posible una vivienda unifamiliar.
La ADN establece que a pesar de advertir la normativa a los propietarios del inmueble y a la inquilina que es la propietaria del centro educativo, estos, a espaldas de las autoridades han iniciado operaciones por lo que serán sometidos a la acción de la justicia.
«La Alcaldía del Distrito Nacional informa a los medios de comunicación y la ciudadanía en general que procederá legalmente contra el Centro de Estimulación Temprana BFS Baby’s Firts School, por deliberadas y reiteradas violaciones a las normas municipales, al instalar un centro educativo en un área residencial sin contar con el permiso y habiéndosele reiterado la objeción para que operen», indica el comunicado.
Cronológico:
1.- El 17 de diciembre de 2021 mediante acta de comprobación No. 20101, se citan los propietarios del inmueble ubicado en la calle Onaney 13, Los Cacicazgos, por remodelación sin los permisos correspondientes y cambio de uso de suelo sin autorización por denuncia de la Junta de Vecinos de los Cacicazgos Inc., donde se les informa lo establecido en la Ordenanza 10-20, en específico dentro del perímetro de la unidad territorio PC-3 , donde expresa que es una manzana establecida como USO RESIDENCIAL UNIFAMILIAR.
2.- Luego de paralizados los trabajos, reinician los mismos el 8 de enero del año 2022, siendo notificados nuevamente para el día 11 de enero, alegando los mismos que es una remodelación de la casa para devolverla a su estado original, por lo que el departamento de Verificación y Control les informa que deberán agotar el proceso de regularización.
3.- Al continuar los trabajos son citados nuevamente y colocado letrero de paralización, esta vez vía la Dirección de Planeamiento Urbano, donde el director les indica lo establecido en las normativas y le ratifica que de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza 10-20 , es una zona de USO RESIDENCIAL UNIFAMILIAR, a lo que acceden de manera voluntaria a someter una remodelación para vivienda unifamiliar.
4.- En fecha 17 de Enero de 2022 , depositan el expediente para aprobación de remodelación de VIVIENDA UNIFAMILIAR con el número de trámite ADN-DPU-2022-0039 , que fue aprobado en fecha 4 de Febrero del 2022, con las siguientes observaciones: SE RECTIFICA QUE ESTA APROBACIÓN ES EN VIRTUD DE REMODELACIÓN INTERNA A VIVIENDA UNIFAMILIAR DE DOS NIVELES EXISTENTES , CAMBIO DE VENTANAS Y PUERTAS, EN CUMPLIMIENTO CON LO ESTABLECIDO EN LA ORDENANZA 10-20 D/F 26 NOVIEMBRE 2020. EN NINGÚN MOMENTO ESTE CERTIFICADO INCLUYE CAMBIO DE USO DE SUELO A COMERCIAL, NI DE PEQUEÑA ESCALA. NO SE PERMITE EL USO PARA FINES EDUCATIVOS COMO COLEGIOS, PARVULARIOS, MATERNALES, GUARDERÍAS U OTRO TIPO DE USOS AFINES. NO SE PERMITE PUBLICIDAD DE NINGÚN TIPO. EN CASO DE UN USO CONTRARIO AL ESTABLECIDO, ESTE CERTIFICADO SERÁ DEROGADO DE MANERA INMEDIATA. No servicios de lindero frontal, aplicar normas de tránsito, aplicar Ordenanza 10/20 D/F 26/Nov/ 2020 ( MODIFICACIÓN A RESOLUCIÓN NO. 85-09 D/F 24/11/2009).
5.- El 31 de Enero 2022 la DPU recibe una nueva denuncia sobre la intención de colocar un centro educativo de estimulación temprana, por lo que las brigadas no pudieron determinar en la visita de inspección cambios que en ese momento alteraran la no objeción otorgada y a la vez reiterándoles las características de la remodelación solicitada.
6.- En fecha 4 de Mayo mediante acto de alguacil a la DPU, la Junta de Vecinos solicitó formalmente la revocación de la NO OBJECIÓN ADN-DPU- 2022-0039 y Conciliación del ADN, denunciando la pretensión de abrir el centro educativo.
7.- En fecha 7 de Mayo 2022 inician sin ninguna autorización las operaciones del citado centro educativo, violentando la disposición municipal, por lo que son citados nuevamente y paralizado los trabajos con los letreros de Obra Paralizada.
8.- En fecha 9 de Mayo, la señora Jennifer Taveras López, en su calidad de propietaria del centro educativo, es citada nuevamente y se le reitera por tercera vez que el permiso otorgado se circunscribe a lo establecido en el mismo. La Inquilina reitera que está en su derecho y se niega a cerrar las operaciones.
En virtud de lo antes establecido, la Alcaldía del Distrito Nacional a través de la Dirección de Planeamiento Urbano y la Dirección Jurídica, iniciaron el procedimiento judicial en virtud del abierto desafío a la autoridad municipal y en cumplimiento de lo establecido en el marco normativo que rige este territorio, por lo que con todo el peso de la Ley estaremos actuando en consecuencia y frente a la Junta de Vecinos reiteramos que el colegio que allí opera lo está haciendo de manera deliberada, ilegal y en franca violación a la normativa, lo que además sorprende de una institución educativa que debe dar el ejemplo a sus estudiantes respetando las disposiciones establecidas. Estamos firmemente comprometidos con la ciudadanía con hacer respetar las normas de la ciudad.
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